Abogados expertos en concurso de acreedores

Servicios Jurídicos

Concurso Express

Servicio Jurídico para la solicitud del Concurso Express, sin masa

Indicado para:

Empresas y Personas Jurídicas

Objetivos del Concurso Express:

El Concurso Exprés tiene por objetivo cerrar la empresa de forma ordenada, rápida y económica, minimizando los costes y los riesgos para los socios y/o administradores.  Posteriormente, permite la disolución jurídica de la sociedad.

Requisitos para el Concurso Express:

    • La empresa no puede tener bienes: Si existen bienes, deben carecer de valor, ya que su venta podría destinarse a pagar deudas, alargando el proceso.
    • No debe preverse deshacer compraventas o donaciones: No deben existir operaciones recientes (últimos dos años) susceptibles de acciones de reintegración que devuelvan bienes al patrimonio empresarial.
    • El concurso no puede ser declarado culpable: Solo es viable si la insolvencia no fue provocada intencional o negligentemente.
    • La empresa no puede tener trabajadores: Aunque no está regulado por ley, en la práctica se exige que los contratos laborales se extingan antes de presentar la demanda.

Duración del concurso exprés:

Entre 1 y 4 meses.

¿Cuánto cuesta un Concurso de Acreedores Exprés?

El precio de un concurso express por concepto de honorarios del abogado concursal + el procurador, es variable dependiendo de la complejidad del caso, pero en la mayoría de los casos suele estar comprendido entre 2000 y 4000 euros.

Qué incluye el servicio:

Nuestro compromiso en Concursalex consiste en implicarnos a fondo en cada caso y encontrar el camino jurídico más adecuado para proteger sus intereses, siempre trabajando con la máxima transparencia, rigor técnico y dentro de la legalidad, explicando con claridad las opciones reales, los riesgos y los límites de cada actuación

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Definición de la estrategia legal

Una estrategia bien definida es esencial para tener mayores opciones de que se declare el concurso de Acreedores express y también para alcanzar los objetivos una vez se haya declarado el concurso.

La elección debe basarse siempre sobre una evaluación tecnica rigurosa de la situación y también de los objetivos empresariales y personales por los cuales se solicita esta vía.

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Preparación de la Memoria de la Solicitud

Este es el documento,  o dossier que acompaña la solicitud y que incluirá todos los informes preliminares, tales como el análisis de situación, la lista de acreedores, el estado de deudas y activos, el estudio de viabilidad y otros detalles esenciales para respaldar la solicitud.

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Presentación en el Juzgado y seguimiento

Finalmente, nuestros abogados realizaran el procedimiento concursal en Madrid, o en la provincia correspondiente, bajo la supervisión de nuestros adminitradores concursales. El expediente y la solicitud del concurso se presentará ante el tribunal competente a través de nuestro procurador.

más información:

Documentación necesaria para solicitar el Concurso de Acreedores Express

Nuestros expertos le guiarán a través de los documentos necesarios en cada etapa para asegurarse de que su caso esté bien respaldado. Por lo general, los documentos habitualmente requeridos son:

Documentos Generales

  • Escritura de constitución de la sociedad, incluyendo modificaciones estatutarias si las hubiera.
  • Declaración censal de alta e inicio de actividades y declaración de alta en el impuesto de actividades económicas.
  • Tarjeta CIF (Número de Identificación Fiscal de la empresa).

Poderes

  • Poder Especial: Documento que otorga poder a un abogado y procurador para representar a la empresa ante el juzgado.

Documentación empresarial:

  • Memoria de la Historia Económica y Jurídica del Deudor: Informe económico que detalla la situación actual de la empresa, activos, pasivos y certificación registral. También, se incluye el informe jurídico.
  • Inventario de Bienes: Enumera activos, su naturaleza, ubicación, valor de adquisición y su situación actual, incluyendo cargas y gravámenes.
  • Contratos con Clientes o Terceros: Documentación sobre la resolución de contratos vinculantes, incluyendo comunicaciones entre las partes.
  • Plantilla de Trabajadores: Lista de empleados con datos de identificación y detalles sobre despidos objetivos y procedimientos judiciales.
  • Relación de Acreedores: Lista alfabética de todos los acreedores con detalles de sus deudas, fechas de vencimiento y garantías.

Documentación contable:

  • Presentación de los estados financieros, informes gerenciales y, si es necesario, informes de auditoría de los últimos tres años fiscales.
  • Documentación que destaque los cambios significativos en el patrimonio, siempre que ocurrieran después de la presentación de los últimos estados financieros.
  • Informe sobre transacciones que se llevaron a cabo después de la presentación de los últimos estados financieros anuales y que superaron las operaciones comerciales regulares del deudor.
  • Proporcionar estados financieros intermedios que se generaron después de la fecha de los últimos estados financieros anuales, según sea apropiado.
  • En caso de tratarse de un grupo empresarial, incluir un informe de gestión de los tres años fiscales más recientes, un informe de auditoría y una memoria que detalle las transacciones realizadas con las empresas del grupo durante este período de tres años.

 

Plazos, Precios y Forma de pago

Plazos:
La preparación de la memoria económica y la solicitud del concurso se estima entre 1 y 4 semanas.  La duración de esta fase dependerá de la complejidad de la situación y de la colaboración que se obtenga por parte del propio interesado en facilitar la información y el estado de la documentación necesaria.

Precio:

  • desde 2000 € en adelante en función del pasivo, n.º de acreedores y tipo de situación.
  • I.V.A no incluido.
  • Forma de pago flexible.  Consúltenos
2. ¿Qué pasa con las deudas de Hacienda y Seguridad Social?

Las deudas públicas tienen un tratamiento especial y son una de las partes más sensibles de cualquier insolvencia. El concurso puede ordenar la situación y limitar determinadas actuaciones individuales, pero eso no significa que Hacienda o Seguridad Social desaparezcan del problema automáticamente.

Lo importante es analizar qué tipo de deuda existe, desde cuándo viene acumulándose y si puede existir riesgo de derivación de responsabilidad al administrador. Bien trabajado, el procedimiento permite controlar mucho mejor la situación y evitar que el problema siga creciendo sin control.

3. ¿Voy a responder personalmente de las deudas de la empresa?

No necesariamente. El hecho de que una sociedad tenga deudas no significa automáticamente que el administrador tenga que responder con su patrimonio personal. Precisamente una de las funciones de las sociedades mercantiles es limitar esa responsabilidad.

Ahora bien, cuando la insolvencia se gestiona tarde, se incumplen obligaciones legales o se agrava artificialmente la situación, sí pueden aparecer riesgos personales. Por eso insisto tanto en actuar a tiempo y ordenar correctamente el problema antes de que se complique más.

4. ¿Puedo cerrar la empresa directamente sin hacer concurso?

Depende de la situación real de la empresa. Si existen deudas relevantes y la sociedad es insolvente, lo correcto normalmente no es “bajar la persiana” sin más, sino acudir al mecanismo legal previsto para ello. Intentar cerrar informalmente una empresa insolvente suele terminar generando más problemas que soluciones.

El concurso permite canalizar el cierre bajo supervisión judicial y dejar correctamente documentada la situación económica y patrimonial de la sociedad. En muchos casos, eso reduce riesgos futuros para los administradores.

5. ¿Me pueden reclamar las deudas como administrador?

Sí, en determinadas circunstancias puede existir responsabilidad del administrador, especialmente cuando se entiende que no se actuó a tiempo o que la insolvencia se agravó por una gestión incorrecta. También pueden aparecer problemas si existen incumplimientos contables, fiscales o societarios importantes.

Por eso es tan importante no dejar pasar los meses esperando “a ver si mejora”. Muchas veces el verdadero problema no es la insolvencia en sí, sino llegar demasiado tarde y sin una estrategia jurídica clara.

6. ¿Qué pasa si la empresa tiene un coche, maquinaria o stock?

Entonces ya existe masa activa y hay que analizar cómo afecta eso al procedimiento. No todos los activos tienen el mismo valor real ni la misma utilidad dentro del concurso. A veces esos bienes permiten plantear continuidad; otras veces forman parte de una liquidación ordenada.

Lo importante es valorar correctamente la situación patrimonial desde el principio. Uno de los errores más frecuentes es pensar que cualquier bien obliga automáticamente a un concurso complejo, y no siempre es así.

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