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Preconcurso de Acreedores
Preconcurso de Acreedores
Servicio jurídico para la solicitud del Pre-concurso
El preconcurso es una herramienta legal pensada para empresas o autónomos que todavía no han llegado a una situación de colapso total, pero ya tienen dificultades serias para atender sus pagos o prevén que las van a tener en breve. Su principal utilidad es ganar tiempo y protección jurídica para negociar una solución antes de tener que acudir directamente al concurso de acreedores.
En la práctica, permite abrir un periodo de negociación con acreedores bajo un marco legal que reduce la presión inmediata y facilita trabajar una reestructuración. Bien utilizado, puede servir para refinanciar deuda, ordenar pagos, buscar inversores o preparar una continuidad viable de la actividad.
Apto para:
Empresas y personas jurídicas de toda índole. Para personas físicas existe un procedimiento similar.
Indicado para:
El preconcurso de acreedores está diseñado para aquellas empresas que enfrentan problemas de liquidez pero aún pueden negociar con sus acreedores antes de llegar a una situación irreversible. Permite paralizar embargos y ejecuciones durante un máximo de tres meses, sin afectar el funcionamiento normal de la empresa o actividad. Pasado este plazo, solo hay dos opciones: alcanzar un acuerdo con los acreedores o continuar con un concurso de acreedores en fase de liquidación. Este último escenario no implica necesariamente el cierre de la empresa, pero sí la venta de activos para cubrir las deudas.
Objetivos del Preconcurso de Acreedores:
Como abogados concursales, nuestro primer paso será analizar su situación desde todos los ámbitos para determinar si el preconcurso es viable y la mejor alternativa. Si es así, redactaremos y documentaremos la memoria económica que presentaremos junto con la solicitud oficial en el juzgado correspondiente. A partir de ahí, nuestra prioridad será negociar con los acreedores, defender sus intereses y alcanzar un acuerdo de reestructuración de la deuda que le permita continuar con su actividad.
Requisitos para el Preconcurso de Acreedores:
- Situación de insolvencia actual o inminente: La empresa debe estar en dificultades económicas, pero sin haber cesado su actividad.
- Capacidad de negociación: Es esencial que existan posibilidades reales de acuerdo con los acreedores.
- Plazo máximo de tres meses: Una vez presentada la solicitud de preconcurso de acreedores, la empresa tiene este periodo para negociar antes de que deba declararse el concurso.
- Transparencia contable: Se debe acreditar la viabilidad de la empresa y justificar la necesidad de reestructurar la deuda.
Duración del Preconcurso de Acreedores:
El preconcurso tiene una duración máxima de tres meses, periodo en el que su empresa estará protegida frente a embargos y ejecuciones mientras buscamos una solución viable.
¿Cuánto cuesta un Preconcurso de Acreedores?
El precio en concepto de honorarios de la solicitud de preconcurso, incluyendo asesoramiento legal y negociación con los acreedores es variable, según la complejidad del caso y el número de acreedores involucrados.
Nuestro compromiso:
Nuestro compromiso en Concursalex consiste en implicarnos a fondo en cada caso y encontrar el camino jurídico más adecuado para proteger sus intereses, siempre trabajando con la máxima transparencia, rigor técnico y dentro de la legalidad, explicando con claridad las opciones reales, los riesgos y los límites de cada actuación
más información:
Documentación necesaria para solicitar un Preconcurso
Nuestros expertos le guiarán a través de los documentos necesarios en cada etapa para asegurarse de que su caso esté bien respaldado. Por lo general, los documentos habitualmente requeridos son:
Documentos Generales
- Escritura de constitución de la sociedad, incluyendo modificaciones estatutarias si las hubiera.
- Declaración censal de alta e inicio de actividades y declaración de alta en el impuesto de actividades económicas.
- Tarjeta CIF (Número de Identificación Fiscal de la empresa).
Poderes
- Poder Especial: Documento que otorga poder a un abogado y procurador para representar a la empresa ante el juzgado.
Documentación empresarial:
- Memoria de la Historia Económica y Jurídica del Deudor: Informe económico que detalla la situación actual de la empresa, activos, pasivos y certificación registral. También, se incluye el informe jurídico.
- Inventario de Bienes: Enumera activos, su naturaleza, ubicación, valor de adquisición y su situación actual, incluyendo cargas y gravámenes.
- Contratos con Clientes o Terceros: Documentación sobre la resolución de contratos vinculantes, incluyendo comunicaciones entre las partes.
- Plantilla de Trabajadores: Lista de empleados con datos de identificación y detalles sobre despidos objetivos y procedimientos judiciales.
- Relación de Acreedores: Lista alfabética de todos los acreedores con detalles de sus deudas, fechas de vencimiento y garantías.
Documentación contable:
- Presentación de los estados financieros, informes gerenciales y, si es necesario, informes de auditoría de los últimos tres años fiscales.
- Documentación que destaque los cambios significativos en el patrimonio, siempre que ocurrieran después de la presentación de los últimos estados financieros.
- Informe sobre transacciones que se llevaron a cabo después de la presentación de los últimos estados financieros anuales y que superaron las operaciones comerciales regulares del deudor.
- Proporcionar estados financieros intermedios que se generaron después de la fecha de los últimos estados financieros anuales, según sea apropiado.
- En caso de tratarse de un grupo empresarial, incluir un informe de gestión de los tres años fiscales más recientes, un informe de auditoría y una memoria que detalle las transacciones realizadas con las empresas del grupo durante este período de tres años.
Plazos, Precios y Forma de pago
Plazos:
La preparación de la memoria económica y la solicitud del concurso se estima entre 1 y 4 semanas. La duración de esta fase dependerá de la complejidad de la situación y de la colaboración que se obtenga por parte del propio interesado en facilitar la información y el estado de la documentación necesaria.
Precio:
- desde 2000 € en adelante en función del pasivo, n.º de acreedores y tipo de situación.
- I.V.A no incluido.
- Forma de pago flexible. Consúltenos
Las preguntas habituales
1. ¿Qué protección ofrece el preconcurso frente a acreedores y embargos?
Desde que se comunica al juzgado el inicio de negociaciones, determinadas ejecuciones y acciones individuales pueden quedar paralizadas o limitadas. El alcance real de esta protección dependerá del tipo de deuda y de la situación concreta de la empresa. No todas las reclamaciones se comportan igual, especialmente cuando existen deudas públicas o garantías específicas. Por eso es importante preparar correctamente la estrategia antes de presentar la comunicación.
2. ¿Puedo seguir gestionando mi empresa durante el preconcurso?
Sí. A diferencia de otros procedimientos más intervencionistas, durante el preconcurso la empresa mantiene el control de su actividad y de su gestión ordinaria. Precisamente una de las ventajas de esta herramienta es permitir que el negocio continúe funcionando mientras se negocia una salida.
Eso no significa que pueda actuarse sin control o sin estrategia. Durante este periodo es fundamental ordenar la información económica, controlar la tesorería y evitar decisiones que puedan perjudicar la viabilidad futura o generar responsabilidades posteriores.
3. ¿Cuánto tiempo dura un preconcurso?
La duración establecida por ley es de 3 meses. Pasado ese plazo se puede pedir una prórroga de otro 3 meses adicionales justificando la continuación de las negociaciones con los acreedores o alguna otra causa que pueda afectar el estado de la situación. Transcurrido ese nuevo plazo sin haber llegado a un acuerdo de reestruccturación con los acreedores, se dispone de un mes adicional para solicitar el Concurso de acreedores
4. ¿Puedo dejar de pagar las deudas? ¿ Y los embargos?
Una de las utilidades más importantes del preconcurso es que permite poner orden frente a la presión de acreedores. Las reclamaciones judiciales quedan suspendidas o limitadas. Esto da aire para trabajar una solución global y no ir apagando fuegos cada semana.
Ahora bien, los gastos ordinarios operativos de la empresa si deben ir pagándose. Por eso conviene estudiar el pasivo completo antes de presentar nada. Una buena planificación inicial cambia mucho el resultado final del procedimiento.
Ponemos límite a los riesgos de la insolvencia.

